Constancia, Senadores Luis Carlos Avellaneda y Jorge Enrique Robledo, Sesión Plenaria del Senado, 11 de diciembre de 2008.
Por las siguientes razones principales, apelamos a la Objeción de Conciencia para apartarnos del punto de vista de la mayoría de la bancada del Polo Democrático Alternativo en el Senado, en relación con la elección del próximo Procurador General de la Nación,
No es por sus concepciones religiosas que nos negamos a votar por Alejandro Ordóñez, pues los criterios democráticos y la Constitución Política de Colombia establecen el derecho ciudadano a pensar y actuar de acuerdo con la libertad de cultos, concepción que además hace parte de nuestro Ideario de Unidad, el programa del Polo Democrático Alternativo.
Nuestra posición se origina en que las concepciones políticas de Alejandro Ordóñez lo han conducido a perseguir a quienes no piensan como él, a violar normas fundamentales de la Constitución y a contradecir en materia grave el programa del Polo.
No es creíble la afirmación de Alejandro Ordóñez, expresada en el recinto del Senado, de que no pone en riesgo la objetividad e imparcialidad de sus decisiones como Procurador porque se atendrá a la Constitución. Pues, como es sabido, las normas constitucionales son interpretadas por quienes las aplican, interpretaciones que inevitablemente se fundamentan en las concepciones políticas e ideológicas de los funcionarios. Que la Constitución sí puede interpretarse lo prueban los salvamentos de voto en las altas cortes. Y también lo demuestra la denuncia penal que el propio Alejandro Ordónez interpuso en contra de la revista Soho, en claro atentado contra la libertad de expresión consagrada en la Constitución, porque en ese medio se publicó una imagen que desagradó al candidato a Procurador.
También nos motiva que a Alejandro Ordóñez, como Magistrado del Consejo de Estado, no le pareciera incompatible, con la consecuente pérdida de investidura, que un congresista firmante del conocido Pacto de Ralito hubiera votado la ley de Justicia y Paz.
La conocida agresividad de Alejandro Ordóñez en contra de quienes tienen orientaciones sexuales que él no comparte, pero que son derechos constitucionales, también lo descalifica para ser Procurador, porque este cargo tiene entre sus funciones brindarle a la sociedad garantías acerca de que la Constitución y las leyes serán lealmente aplicadas por los funcionarios, aun cuando no estén de acuerdo con ellas.
LUIS CARLOS AVELLANEDA
JORGE ENRIQUE ROBLEDO