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Carta de los senadores Cecilia López y Jorge Enrique Robledo sobre el caso de Carimagua

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Bogotá, 21 de mayo de 2008

Doctor EDGARDO MAYA V. Procurador General de la Nación Bogotá

Referencia: vigilar que el nuevo proyecto del ministro de Agricultura en Carimagua no sea fundamentalmente igual al primero.

De acuerdo con información de El Tiempo del 16 de mayo de 2008, en el nuevo proyecto del ministerio de Agricultura en Carimagua se asentarán quinientas familias desplazadas que cultivarán caucho, palma, forestales, marañón, cítricos, mango, soya, maíz, arroz y pastos, al igual que tendrán producción ganadera, porcina y avícola.

Lo primero es celebrar que el ministro de Agricultura, Andrés Felipe Arias, haya tenido que aceptar –aunque no lo reconozca, ni le haya pedido excusas a los colombianos por sus anteriores afirmaciones–, que en esa finca sí podía haber producción campesina, que allí cabían más de ochenta familias campesinas y que no era cierto que en esas tierras “ácidas” solo podía cultivarse palma, caucho y maderables.

Lo preocupante del nuevo proyecto es que se parece tanto al primero que podríamos estar ante una burla al Congreso y a la Procuraduría General de la Nación. Porque les impone a los campesinos desplazados, a quienes el ICA les cedió gratuitamente esas tierras, algún tipo de sometimiento al empresario que termine por controlarlas en su beneficio. En efecto, según Andrés Felipe Arias, “una asociación de familias desplazadas podrá usufructuar por 50 años el manejo de Carimagua, con la presencia de capital privado nacional o extranjero”. Y agrega: “se abrirá una licitación y ganará el proyecto que mayor número de familias beneficie”, en el obvio entendido de que el empresario que se gane el negocio dirigirá la operación y hará sus utilidades.

Que no resulte que la diferencia entre Carimagua I y II consista en que esta vez sí tendrá que haber campesinos desplazados trabajando en el predio y en que se pasará de una explotación empresarial que utilizaba mano de obra de jornaleros a una que utilizará mano de obra de campesinos aparceros.

Usted entenderá, Señor Procurador, la gravedad que tendría que en este nuevo esquema –por así llamarlo– se dé también el cambio de destinación del predio definido por el ICA, acto que en su momento la Procuraduría consideró contrario a la Constitución y a la ley y que también sería ilegal en este caso. ¿Por qué debe aprovecharse algún magnate nacional o extranjero de las 17 mil hectáreas legalmente destinadas a los campesinos desplazados? ¿Qué norma autoriza esta especie de tutelaje empresarial sobre estos campesinos? ¿Por qué no entregarles la tierra en propiedad a los desplazados?

De otra parte, continúa un debate que debería ser de importancia nacional: si el Estado colombiano debe otorgarles tierras en propiedad a los campesinos desplazados (y a los campesinos que tienen muy poca o a los jornaleros que carecen de ella), según lo ordena la Constitución en su artículo 64, o si lo que debe imponerse es el llamado Modelo Malayo, según lo ha planteado e intenta imponer el ministro de Agricultura, el cual consiste en que la propiedad de la tierra la mantiene el Estado, pero se la entrega a poderosos empresarios para que las exploten a partir de la mano de obra de los pobres del campo, que a lo más que pueden aspirar es a ser empleados de esos inversionistas.

Cordialmente, le solicitamos hacerle seguimiento en detalle a este caso, porque tal parece que el ministro Arias pretende continuar con sus propósitos iniciales que el señor Rudolf Hommes comentó al respecto: “al parecer, las tierras de Carimagua no son tan malas como dijo hace tiempo el Ministro de Agricultura y los empresarios interesados siguen detrás de la misma presa (…) El primer paso es vigilar que no haya una agenda oculta” (Portafolio, May.19.08).

Atentamente,

Cecilia López Senadora

Jorge Enrique Robledo Senador