Oficina de Prensa, Senador Jorge Enrique Robledo.
14 de enero de 2015
Que el Ministro diga qué norma le permite devolver la ley al Congreso. Mientras corre el tiempo sin ley estatutaria, Gaviria expide decretos y anuncia reforma a la salud en el Plan de Desarrollo.
El senador Robledo rechazó que el ministro de Salud, Alejandro Gaviria, anunciara que el presidente Santos no va a sancionar la ley estatutaria de salud porque primero “debe ir al Congreso” (otra vez). De esta manera, el gobierno puede seguir expidiendo decretos e incluso introducir modificaciones a la salud en la ley del Plan de Desarrollo, según lo ha anunciado, sin tener que someterlos a lo establecido en ley estatutaria, con las modificaciones que le introdujo la Corte Constitucional.
Robledo explicó que la ley ya fue revisada por la Corte Constitucional y que ya se vencieron los términos para objetarla, por lo que el gobierno está violando la Constitución al negarse a sancionarla. El congresista del Polo explicó:
1. El 20 de junio de 2013, el Congreso aprobó la ley estatutaria de salud, ley que el Polo votó en contra porque mantenía el modelo basado en el enriquecimiento de las EPS, restringía el derecho a la salud y atacaba la tutela.
2. El 29 de mayo de 2014, la Corte Constitucional declaró que la ley era constitucional, pero le eliminó varias de las peores restricciones al derecho a la salud de los colombianos que había introducido en la ley el ministro Gaviria. El texto completo de la sentencia se publicó el 22 de octubre de 2014, por lo que el gobierno debió objetarla antes del 6 de noviembre, según el plazo que señala el artículo 166 de la Constitución.
3. Al conocerse la sentencia, el ministro Gaviria arremetió contra la Corte Constitucional con agresiones como estas: “La Corte Constitucional quiere que todos los colombianos coman langosta” (http://bit.ly/1vDGcyZ); “(…) uno puede inferir que los magistrados no entendieron lo que allí estaba plasmado” (http://bit.ly/1y4vgx3); “La Corte Constitucional, con algunos argumentos que a mí me parecen espurios, dijo ‘esto se tacha’, y el acuerdo que se había construido democráticamente ya no es” (http://bit.ly/1y4vgx3).
4. El 3 de diciembre de 2014, la Corte expidió el Auto No. 377, mediante el cual corrigió algunos errores cometidos en la transcripción del texto definitivo de la ley. Si se toma esta fecha para contar el tiempo para su sanción u objeción, según insinuó el ministro Alejandro Gaviria, dicho plazo se venció el 23 de diciembre y ello no ha ocurrido.
5. El ministro Gaviria reconoció que la ley debía ser sancionada al afirmar: “Tenemos una sola preocupación por una suerte de incoherencia en un artículo entre lo que la Corte mandó y lo que el Senado aprobó, resuelto eso yo creo que pasará a sanción presidencial” (http://bit.ly/1AWFfcL).
6. Ahora el Ministro anda diciendo que el gobierno no va a sancionar la ley porque ella debe volver al Congreso, afirmación que carece de todo sustento legal.
El senador Robledo rechazó tan descarada violación de la Constitución por parte del gobierno, al que acusa de utilizar esta maniobra para expedir los recientes decretos sobre salud sin tener que a someterse a la ley Estatutaria y pretender otro tanto con la reforma a la salud que el ministro Gaviria ha anunciado que introducirá en la ley del Plan de Desarrollo.
Robledo, además, le exigió al gobierno que sustente, con la Constitución y la ley en la mano, la legalidad de sus actuaciones en el trámite de esta ley.