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Robledo entutela a la Corte Suprema de Justicia

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TEXTO DE LA TUTELA: https://wp.me/a99Bcq-366

RUEDA DE PRENSA (Video 30m): https://youtu.be/FCKjux68IGM

POR EL DERECHO A LA INVIOLABILIDAD, ES INCONSTITUCIONAL TRAMITAR ACUSACIONES PENALES CONTRA LOS CONGRESISTAS

Por litigio con el exfiscal Néstor Humberto Martínez, rueda de prensa, 10 de marzo de 2021.

Muy buenos días, muchísimas gracias, un saludo muy especial al periodismo que nos acompaña en esta mañana para esta rueda de prensa. A los colombianos y a las colombianas que también están con nosotros, un saludo muy cariñoso.

Empiezo haciendo una precisión. La tutela que he interpuesto se dirige a la Corte Suprema de Justicia en su conjunto. Lo que pretendo es que se protejan mis derechos de unas decisiones, no del conjunto de la Corte Suprema de Justicia, sino de la Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia, parte de la Corte Suprema de Justicia, por una serie de determinaciones que ha tomado y que a nuestro juicio violan mis derechos constitucionales y legales y le hacen un daño grave a los derechos democráticos, no solo míos, sino de los demás congresistas y de todo el país.

Sobraría decir que es una tutela o un reclamo a la Corte Suprema que tramito con una actitud de respeto hacia la Corte. Soy de los que creen en la institucionalidad, en la separación de los poderes. Si estamos controvirtiendo en este momento, es porque lo dicta mi conciencia y lo aconseja el debido proceso y lo aconsejan mis los jurídicos. Es lo que señalan los abogados que me asisten en la controversia.

Paso entonces a señalar que la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia me ha vulnerado dos derechos fundamentales: la libertad de expresión y el debido proceso. Y ha violado también la inviolabilidad parlamentaria y la participación en política. Son los cuatro aspectos que señalamos en la tutela, que están siendo violados por las determinaciones de la sala Especial de Instrucción de la Corte.

Cuál es la historia. En julio de 2019, el doctor Néstor Humberto Martínez, exfiscal general, me monta una querella penal por injuria y calumnia. Desde ya advierto que no me ataca por mis cuatro debates en la Plenaria del Senado, sino por unos cuantos trinos y un par de declaraciones a la televisión y con ellos monta una acusación absolutamente falaz, por supuesto. Y en agosto 20 de 2019, la doctora Cristina Lombana Velásquez, la magistrada ponente de la Sala Especial de Instrucciones, abre una indagación preliminar.

Tiempo después, en junio del año pasado, el doctor Néstor Humberto Martínez, por medio de un abogado, se hace parte civil dentro del proceso. En la primera querella es una acusación penal. Y ahora entonces se hace parte civil, que tiene como una de sus características atacarme mis bienes, atacarme el relativamente modesto patrimonio que he podido construir a lo largo de más de 40 años de trabajo decente y honrado, primero como profesor de la Universidad Nacional y después como senador de la República. 

A lo largo del proceso, mis abogados, el doctor Ramiro Bejarano Guzmán y la doctora Ana Bejarano Ricaurte, han cuestionado en varias ocasiones las determinaciones de la Sala de Instrucción, yo mismo las he cuestionado, y hemos reclamado siempre un derecho, clave en este asunto: la inviolabilidad parlamentaria que tenemos los integrantes del Poder Legislativo. Los congresistas no podemos ser atacados penalmente por nuestras opiniones, por nuestro trabajo como parlamentarios.

Hemos pedido también numerosas pruebas y solo se nos ha concedido una. Y el proceso va ahí, no se ha abierto la investigación, pero en la práctica sigo en el proceso, y en la práctica estoy siendo atacado por estas decisiones.

Cuáles son las ilegalidades en las que ha incurrido a nuestro juicio la Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia. Primero, y es obvio, que desconoce la inviolabilidad, un derecho constitucional que tenemos los congresistas, que nos protege a nosotros y a la democracia nacional, a todo el país. No es un derecho de ventaja personal, sino institucional. El Artículo 185 de la Constitución Nacional lo consagra: “Los congresistas serán inviolables por las opiniones y los votos que emitan en el ejercicio de su cargo”. No podemos ser atacados ni por nuestras opiniones ni por nuestros votos que se emitan en el ejercicio de nuestro cargo.

¿Dónde empiezan las contradicciones con la Sala Especial de Instrucción? Pues que no solo se vulnera la inviolabilidad, sino que además se vulnera el debido proceso, porque yo estoy en un proceso, y resulta que la inviolabilidad lo que dice es que no me pueden procesar como me están procesando. Es notorio que ahí se viola un derecho fundamental, que le asiste a cualquier colombiano.

La Sala Especial de Instrucción vulnera la libertad de expresión, otro derecho fundamental. Porque, por supuesto, lo que está haciendo es coartar la libre expresión a la que tenemos derecho los congresistas dentro del ordenamiento jurídico colombiano, que nos asegura la inviolabilidad por nuestras opiniones.

También sucede que la Sala Especial vulnera el derecho a la participación política, porque finalmente, yo actúo aquí es como un ciudadano que fue elegido como congresista por los colombianos, y eso tiene que ver nada menos que con el derecho a la participación en política. Y reitero que vulnera la inviolabilidad que tenemos todos los congresistas.

Me detengo un poco sobre sobre cuánto daño le hacen estas decisiones equivocadas de la Sala Especial, ni siquiera al senador Robledo, sino a la democracia que se supone que debemos defender y practicar los colombianos y que está muy maltrecha, porque aquí en Colombia se pasan la democracia por la faja de muchas maneras.

El mundo ha tenido siempre, llamemos, jefes, poderes ejecutivos, reyes, emperadores, dictadores, zares, todo tipo de personajes que han centralizado su poder y han mandado como se les da la gana. Desde hace unos cuantos siglos, y en una lucha supremamente larga, se empezó a crear la democracia como hoy la conocemos, en la que aparecen los congresos, los parlamentos, como un poder distinto a lo que podríamos llamar el ejecutivo, los jefes de Estado. La separación de poderes es en lo que estamos y es lo que hay que proteger y defender. Por supuesto, hay fuerzas que no quisieran que la participación política incluyera los congresos y las prerrogativas de los congresos.

No hay democracia porque se elija presidente, aun cuando hace parte de ella. Hay democracia fundamentalmente porque hay congresos y otros elementos constitutivos sin los cuales la democracia se vulnera. Hay quienes piensan que porque se eligió presidente ya hubo democracia, y por ende el presidente puede hacer lo que se le dé la gana. No es cierto. No es democrático un país que no tenga congreso, no es democrático un país en el que no exista separación de poderes, ejecutivo, legislativo y judicial, con la independencia del legislativo y de cada uno de sus tres poderes. No hay democracia en un país sin control político de los congresistas a los funcionarios. Es parte esencial de la democracia que los congresistas podamos hacerles control político a los funcionarios, por encopetados que ellos sean. No es democrático un país en el cual los congresistas sean juzgados por sus opiniones. Por supuesto que no. Porque no puede ser democrático un país donde los congresistas puedan ser amenazados y amedrentados por cualquier tipo de poder. Porque precisamente parte de nuestro derecho y de nuestro deber es expresar opiniones que sean distintas a los poderes establecidos. Y en sexto término, no es democrático un país que condene a los congresistas por sus opiniones, y yo agregaría, y que seamos judicializados por nuestras opiniones. Porque todo eso vulnera la democracia.

Cuáles han sido algunas de las sentencias de la Corte Constitucional que sustentan lo que estoy afirmando. Les estoy haciendo un alegato jurídico, aun cuando no soy abogado, pero he estudiado estos asuntos. La Corte Constitucional, en su Sentencia T-322, de Alejandro Martínez Caballero, me excusan, voy a leer, porque estas controversias deben ser rigurosas, dice: “En la interpretación sistemática –o sea, del conjunto del asunto– la inviolabilidad adquiere una cualificación adicional, ingresa al ámbito de las garantías institucionales –no personales–. La importancia del Congreso como institución exige para los congresistas la inviolabilidad basada en la no coacción del ejercicio del control político y a la actividad legislativa”.

Entonces la tutela que estoy interponiendo con todo respeto al conjunto de la Corte Suprema de Justicia no es un litigio de tipo personal, aun cuando por supuesto que me veo afectado. Lo que estoy es defendiendo los derechos del conjunto de los congresistas, de todos, incluidos los de los congresistas que son contradictores políticos míos. Ellos también tienen el derecho a la inviolabilidad, por las razones que sea, por supuesto que en el ejercicio de su actividad. La tutela entonces está defendiendo la institucionalidad, la maltrecha democracia nacional.

Veamos más jurisprudencia sobre la inviolabilidad. Corte Constitucional, Sentencia de Unificación 047. Bien interesante, porque cuenta cómo fue que la Asamblea Constituyente aprobó el Artículo 185, que es el que nos da esa garantía. Dice: “De otro lado, en los debates de la Asamblea Constituyente sobre esa norma, en ningún momento se planteó la posibilidad de limitar esa inviolabilidad según el tipo de función ejercido por el senador o el representante. Así, tanto la comisión como la plenaria consideraron que esa garantía debía ser absoluta. La única limitación que se quiso establecer fue en relación con las ofensas de carácter calumnioso, pero la propuesta no fue aceptada. Por consiguiente, el examen de los antecedentes de la disposición permiten concluir que la Asamblea Constituyente consagró una inviolabilidad absoluta”. La propuesta no fue aceptada y ni siquiera por afirmaciones de carácter calumnioso se aceptó pasarse por la faja la inviolabilidad. Una inviolabilidad absoluta que a mí no se me está respetando ni se me está reconociendo.

Veamos otra sentencia de la Corte Constitucional, la C-1174, dice: “La referida inviolabilidad, conocida en otros ordenamientos, así como en algunas de las constituciones colombianas del siglo XIX implica que un congresista no puede ser investigado, ni detenido, ni juzgado, ni condenado, por los votos u opiniones que haya formulado en el ejercicio de sus funciones”. Y yo estoy siendo investigado. O sea, ni yo ni ningún congresista, según esta sentencia, podemos ser ni siquiera investigados y menos juzgados por nuestras opiniones en el ejercicio de nuestra actividad.

Hay otro aparte de la Sentencia de Unificación 047, que dice: “La inviolabilidad genera una irresponsabilidad jurídica general, por cuanto el congresista escapa no sólo a las persecuciones penales sino también a cualquier eventual demanda de naturaleza civil por los votos u opiniones formulados en ejercicio de sus funciones”. Y ya les conté que tengo una demanda penal y otra civil por parte del doctor Néstor Humberto Martínez, y él las pone a sabiendas de que eran ilegales e inconstitucionales. La naturaleza civil de la demanda también está por fuera de la Constitución.

Otra frase de la misma Sentencia, hablando de la inviolabilidad: “En cuanto a sus rasgos esenciales, en primer término, la doctrina constitucional y la práctica jurisprudencial coinciden en señalar que esta prerrogativa es primariamente una garantía institucional en favor del Congreso y de la democracia, en vez de ser un privilegio personal del senador o del representante como tal”. Más claro no puede cantar la verdad. Estamos hablando de una garantía institucional a favor del Congreso y de la democracia, de Colombia, de todos los colombianos y las colombianas. Yo aquí estoy litigando fundamentalmente en provecho del progreso de la democracia.

A pesar de todo, la Sala de Instrucción ha seguido con el proceso y ya vamos a completar dos años. Pero además la Sala Especial de la Corte también desconoce los precedentes. Qué quieren decir los precedentes. Que sobre estos asuntos ya ha habido fallos de las altas Cortes en relación con si se aplica o no. Porque aquí, en otra de las vivezas que lo caracterizan, el doctor Néstor Humberto Martínez intenta saltarse mi inviolabilidad con el cuento de que no pronuncié las frases dentro del recinto del Congreso sino en la televisión o que publiqué algo en las redes. Trucos baratos que suelen hacerse. Pero bueno, también hay precedentes de la Justicia colombiana. Voy a mencionar tres casos.

Uno, en una denuncia por injuria y calumnia contra el senador Gustavo Petro, porque en un debate dijo unas cosas y después en El Tiempo insistió en las acusaciones. Miren lo que dice la Corte Suprema de Justicia, la Sala de Casación Penal: “En este caso, la actuación investigada tuvo lugar en la plenaria del Senado (…). Por otra parte, las declaraciones adicionales que al respecto brindó el senador GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO en el diario El Tiempo, corresponden a la continuidad de dicho debate y a pesar de que dichas expresiones podrían constituir una clara ofensa al patrimonio moral del querellante, queda claro que fueron lanzadas en ejercicio del cargo de congresista; de ahí que resulten cobijadas por el principio de la inviolabilidad parlamentaria, lo que acarrea ausencia de responsabilidad”. Estamos hablando de la una decisión de la propia Corte Suprema de Justicia en su Sala de Casación Penal y es meridiana la claridad.

También se pronunció la Corte Suprema de Justicia en el caso del representante a la Cámara William de Jesús Ortega, acusado por alguna organización civil de los colombianos por injuria y calumnia, por lo que él dijo en un foro. Y qué es lo que dice la Corte, no lo voy a leer en extenso para no hacerme largo. Que las cosas que sucedieron en el escenario descrito “no tienen la relevancia penal que supone el denunciante”, y cierra el proceso. Ahí no hay nada qué hacer.

Y sigue el Consejo de Estado. Estamos Corte Constitucional, Corte Suprema de Justicia y ahora Consejo de Estado. En una tutela que se interpuso contra el senador Enrique Gómez Hurtado, ya fallecido. El hace unos ataques duros contra la Universidad Nacional Colombia y después en la televisión se ratifica en sus afirmaciones, afirmaciones que no compartí, pero él las hizo en ejercicio de sus funciones. Entonces la Comisión Quinta del Consejo de Estado, al fallar una tutela la que se interpuso en contra de él, dice: “La Sala advierte que las afirmaciones que se consideran lesivas de derechos fundamentales fueron expresadas en el marco de la actividad de congresista del imputado y, por tanto, en ejercicio de una garantía institucional —artículo 185 C.P., el de la inviolabilidad— de que gozan los miembros de la rama legislativa del poder público cual es la de inviolabilidad por sus opiniones y votos emitidas durante el desempeño de su función”. 

Agreguemos además que ya la Corte Constitucional dejó claro en Sentencia T-244 que lo que llamamos las redes funcionan como medio de comunicación y entonces están cubiertas obviamente por las decisiones anteriores que he enumerado. No pueden salir con la viveza de que por qué es en un trino entonces ya resulta que la inviolabilidad no se aplica. Esas son maturrangas que carecen de toda seriedad.

Una última cosa que vale la pena mencionar. En agosto de 2019, el alcalde de Rionegro, un municipio antioqueño, interpuso una denuncia por injuria y calumnia contra este senador, Jorge Enrique Robledo, y contra el representante a la Cámara Jorge Gómez Gallego, y la Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia tomó una decisión de plano, inadmitir y archivar el proceso, con un salvamento de voto, pero la decisión fue que se inadmitía y se archivaba la denuncia en contra nuestra.

Cuáles son las acusaciones de Néstor Humberto Martínez. Voy a tocar un par de asuntos al respecto. Él intenta, primero, negarme el carácter de senador, cosa que carece de toda seriedad. Ahora, cuál es la verdad total sobre el caso de la controversia. Que aquí lo que ha sucedido es que ha triunfado la impunidad en el caso de Odebrecht-Aval, es mi tesis, la he explicado, no la voy a detallar ahora, pero es la realidad. Ha sido al fracaso más rotundo de la Fiscalía de Néstor Humberto Martínez, porque no se establecieron, a mi juicio, las realidades y las verdades que han debido establecerse. Y estoy convencido, y lo he demostrado en mil ocasiones, de que el doctor Néstor Humberto Martínez actuó de manera indebida como Fiscal General y que a él le corresponde la responsabilidad del fracaso de un proceso de corrupción escandaloso que lleva cuatro años tramitándose y es la hora en que no se ha llegado al fondo.

Él protesta, en su reclamo, porque en un trino afirmo que Odebrecht y el Grupo AVAL le han pagado a él por asuntos relativos a los contratos. Y yo lo confirmo. He dicho que al doctor Martínez le suena la plata de Odebrecht y del Grupo AVAL en sus bolsillos. Voy a enumerar cómo sí le suena. Primero, se enriqueció en torno a los grandes negocios de Luis Carlos Sarmiento Ángulo. Pero, además una empresa que él montó, que la montó como DLA Piper Martínez Neira, que ahora es DLA Piper Martínez Beltrán, de su hijo, tiene entre sus clientes a todas las empresas del Grupo AVAL, incluida la Concesionaria de la Ruta del Sol, según lo demostré con pruebas cuando se inició el proceso.

Además Néstor Humberto Martínez tuvo con la Concesionaria Ruta del Sol dos contratos de estabilidad jurídica cuando era abogado, y nada menos que el concepto sobre la ruta Ocaña- Gamarra, concepto en el que además recomendó que violaran la ley, y, en efecto, violaron la ley. Y uno de los grandes sobornos que hay en este proceso de corrupción se dio en la vía Ocaña-Gamarra.

Pero además hay otro caso no menos escandaloso. Lo tengo aquí y se lo muestro, porque si no, ustedes no me creen. El 27 de marzo de 2017, siendo Fiscal General, Néstor Humberto Martínez le manda una carta al superintendente de Sociedades haciendo averiguaciones en favor de Luis Carlos Sarmiento Angulo, el principal propietario del Grupo AVAL, y saben qué, no la firma como Fiscal General, no, la firma como “el suscrito ciudadano”. “El suscrito ciudadano” es quien hace la petición. Y le pide al superintendente que le responda, no a la Fiscalía, sino al apartamento, a la residencia particular del doctor Martínez. Aquí lo que tenemos es un Fiscal que en ese momento, en marzo del 2017, de día era Fiscal General de la nación y en las noches litigaba a favor de Luis Carlos Sarmiento Angulo. Y por supuesto que por esto le pagaron también.

También le pagaron por el negocio de Navelena. Martínez Neira Abogados fue asesor jurídico y legal de esa empresa, según le certificó Corficolombiana al Banco Agrario. Y MNA Martínez Abogados, una firma de la propiedad del fiscal Martínez, representada por su hijo, le dio un concepto a Navelena-Odebrecht, que también tuvo que haberse pagado. Pero además, como abogado del Grupo AVAL antes de ser fiscal, le llevó la razón de las denuncias de Jorge Enrique Pizano al propio Luis Carlos Sarmiento Angulo.

Fue el abogado que redactó el contrato de transacción Odebrecht-Grupo AVAL que sirvió para ocultar por lo menos los delitos de José Elías Melo. Por eso también le pagaron. Entonces sí, sí le han pagado, ese es un hecho. Y por ese hecho ha debido declararse impedido y nunca se quiso declarar impedido, que ha sido el centro de mis debates todo el tiempo.

Pero además digamos que el doctor Martínez tampoco llevó las investigaciones hasta donde se debían llevar. El primer hecho escandaloso, el que me lleva a empezar esta controversia de varios años, es que el 21 de diciembre de 2016 estalla el escándalo Odebrecht en Estados Unidos, y al otro día el doctor Martínez inicia en la Fiscalía algún tipo de investigación en contra del negocio del río Magdalena, el de Navelena, y once días hábiles después, el doctor Martínez sale a los medios de comunicación, como Fiscal General, y dice que no hay posibilidad de corrupción en el negocio de Navelena. Es inaudito, ¿en once días? Una falsa absolución, un falso positivo judicial por cuenta del doctor Martínez. Pero además, cuando en mi oficina miramos un poco, lo que encontramos es que hay corrupción en el negocio de Navelena. Porque el Banco Agrario le había hecho un préstamo a Navelena, que estaba en ese momento vencido, y que se tramitó ilegalmente, violando la ley, un crédito que además favoreció al Grupo AVAL, pagándole una deuda al Banco de Occidente. En el negocio de Navelena actuaron el Ñoño Elías y Otto Bula, hoy condenados por estos asuntos y por sus relaciones con Odebrecht. Según García Morales, viceministro también condenado por estos hechos, Martorelli, uno de los jefes de los bandidos de Odebrecht en Colombia, reveló que el negocio de Navelena se tramitó dándoles plata al Partido de la U y para cancelar deudas de las campañas presidenciales. Y a esa empresa es a la que absolvió, en una falsa investigación de once días, el doctor Néstor Humberto Martínez. La primera vez que habló en público de sus negocios con el Grupo AVAL y con Odebrecht en este caso, Martínez Neira ocultó que él había sido asesor en el contrato de Ocaña-Gamarra, que terminó en hechos gravísimos de corrupción.

Y siendo ministro del gobierno de Juan Manuel Santos, Martínez aprobó el Conpes 3817, el que le dio vía a la Ruta del Sol (en su parte Ocaña-Gamarra), una ilegalidad, porque él había sido contratista del consorcio. Y engañó al gabinete mintiendo, porque no les contó que él estaba inhabilitado para actuar en ese caso.

Y engañó también a la propia Corte Suprema de Justicia cuando le ocultó las relaciones con el caso Odebrecht antes ser Fiscal. Estoy seguro de que si las hubiera mencionado, no lo elige la Corte, estoy seguro de que si él hubiera contado todos sus negocios anteriores con Odebrecht en este caso, no lo hubieran nombrado fiscal.

En una carta que él le envió a la Corte Suprema de Justicia, en el 2018, dice que entre diciembre de 2015 y marzo del 2016, nadie en el mundo sabía de los comportamientos punibles de Odebrecht. Doctor Martínez, cómo se atreve usted a decir eso, cuando en todo el mundo y en Colombia se sabía que el señor dueño de Odebrecht era un corrupto, y en ese momento estaba rindiendo cuentas ante la justicia y estaba preso por corrupto. Y usted le dice a la Corte Suprema de Justicia que nadie sabía lo qué estaba pasando.

Y está el caso de José Elías Melo, expresidente de Corficolombiana, del Grupo AVAL, que termina condenado a casi 12 años de cárcel por esta corrupción. Aun así, fue un caso que no se llevó hasta el fondo y que nunca se investigó en serio. Entonces aquí nos aparece como que el doctor José Elías Melo era un loco que casi que sacó de su bolsillo la plata para pagar los sobornos y que nadie se dio cuenta. Pero resulta que los hechos demuestran que sí se dieron cuenta en el Grupo AVAL, que no hizo nada por perseguir legal y penalmente al señor José Elías Melo, como se supone ha debido hacerse. Y nada de estas cosas, nunca, ni otras muchas más las aclaró la Fiscalía.

Lo ocurrido antier es de extrema gravedad. Qué pasó o qué se supo. Se supo que unos congresistas en La Picota intentaron montarle una extorsión al gobierno del presidente Juan Manuel Santos en torno a estos asuntos. Y enterado Néstor Humberto Martínez de esos hechos por la propia Casa de Nariño, llama a un exsenador, que conocía de los asuntos, a inquirirlo y a preguntarle, y lo graba. Y eso hasta el momento parece que se quedó de ese tamaño.

Pero entonces aquí hay tres hechos que Martínez oculta. No dice que debía darle traslado a la Fiscalía, porque era una extorsión de lo que se estaba hablando. Segundo, lo grabó ilegalmente, como dicen los penalistas, porque es que él por ser fiscal no tiene derecho a grabar cómo se le dé la gana a quien quiera. Y en tercer término, no le dio traslado a la Fiscalía (de la grabación).

Pero más importante aún, se demostró que el doctor Néstor Humberto Martínez sí actuaba con los poderes del fiscal en este caso, lo que nos ha negado todo el tiempo. Él siempre ha dicho en este proceso que él no tuvo nada qué ver con nada, que eran cosas de los fiscales delegados, que él nunca hablaba con ellos, nunca se reunió con ellos, nunca les dio orientación. Actuó, para estos efectos, más como el portero de la Fiscalía que como el propio Fiscal General. No es cierto. No corresponde con las realidades que he contado.

Pero, además, se contradice con un punto que debe ser investigado y que le pedimos a la magistrada ponente abrir la investigación en este proceso en el que estamos involucrados. Y son las graves acusaciones lanzadas por el exfiscal Anticorrupción Gustavo Moreno, que terminó condenado por corrupción, mostrado cómo manejaba lo de Odebrecht la Fiscalía de Néstor Humberto Martínez.

Dice Moreno que Néstor Humberto Martínez montó allí como un nido de algo que él definió como “sicariato judicial”, donde los fiscales o algunos de ellos –no son todos, no tengo un pleito con la Fiscalía General sino con ciertas conductas–, los obligaban a proteger al criminal o a perseguir inocentes. Y cuenta Moreno cómo, cuando estalla el escándalo de Odebrecht, Martínez lo llama y le dice, oiga, Moreno, confirme un equipo de fiscales “que hagan caso”. Y dice Moreno que él lo conformó, y que ese equipo de fiscales que hacían caso, o sea que recibían órdenes de arriba, a quienes a las escondidas Néstor Humberto Martínez en la Fiscalía les daba las órdenes de qué debían hacer. Acusación de una gravedad inaudita. Dice textualmente que: “Néstor Humberto le daba manejo, siempre lo tuvo sobre las investigaciones de Odebrecht”. Podría decir más, pero concluyamos.

Lo que pretende el doctor Martínez es silenciarme y silenciar a todo el Congreso en últimas. Impedir que hablemos con valor civil y con conocimiento de causa sobre estos asuntos. Es en esencia un ataque a los criterios democráticos del funcionamiento de la sociedad, absolutamente inaceptable. Es tremendamente pernicioso para el país.

Contarles que voy a convocar el quinto debate sobre Odebrecht. Llevo cuatro, voy a hacer el quinto, porque aquí todavía faltan muchas cosas por escarbar y por mirar. Miren las últimas cosas que he mencionado. O sea que llegaré al Senado de la República a hablar de este mismo tema. No me van a silenciar, no me van a silenciar.

Y por último, en una petición respetuosa a la Corte Suprema de Justicia: estamos convencidos de que esta tutela es razonable, que la tutela cabe, y que la Corte Suprema, en su conjunto, debe proteger los distintos derechos que he explicado se me están violando en el ejercicio de este cargo.

Muchísimas gracias por su atención.