Jorge Enrique Robledo, Bogotá, 31 de julio de 2015.
En 1982 terminó en la cárcel el principal banquero del país, Jaime Michelsen Uribe, propietario del Banco de Colombia, cabeza del Grupo Grancolombiano. ¿Las razones? Entre otras, por hacerse autopréstamos, es decir, por tomar los dineros del público depositados en su banco para apalancar los negocios de otras empresas controladas por él mismo. Negocios de yo con yo. Pero no con la plata de yo, de don Jaime, sino de los colombianos.
Que los autopréstamos sean en general ilegales en todo el mundo obedece a que la codicia empuja al banquero a asumir riesgos mayores, hasta la total irresponsabilidad, cuando la plata de sus cuentahabientes le apalanca ganancias mayúsculas en sus otros negocios. En la jerga financiera, ciertas andanzas de los banqueros con dineros ajenos implican “riesgos morales” inaceptables para la sociedad. Y si con prohibiciones y todo los autopréstamos suelen estar en el origen de las crisis financieras que periódicamente asolan a los países, cómo será si los controles son insuficientes o su aplicación se relaja. Sirve saber que no obstante su ilegalidad, en Interbolsa también hubo autopréstamos.
De ahí que hasta en Colombia el sector financiero esté regulado por leyes, decretos y resoluciones. Y en una de esas normas, el Decreto 2555 de 2010 –¡de 880 páginas!–, con acierto se prohibió, tomándolo de normas anteriores, toda forma de autopréstamos, incluidos lo que puedan darse con la plata de los trabajadores que manejan las Administradoras de Fondos de Pensiones, AFP. Pero en junio pasado, el ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, sin duda con la venia de Santos, expidió el Decreto 1385, que permite autopréstamos con los dineros de las pensiones de los colombianos. Según la revista Dinero 472, “antes de esa norma, un fondo como Porvenir no podía invertir en un proyecto vial de Corficolombiana, por ser parte del mismo grupo económico” (Aval) (http://bit.ly/1FD3gm7).
¿Cómo llegaron a semejante irresponsabilidad? De acuerdo con Portafolio, el 11 de mayo pasado, en Nueva York, el Presidente del Grupo Aval, Luis Carlos Sarmiento hijo, planteó que se eliminara la prohibición del 2555 para que entre Porvenir y Corficolombiana sí pudieran darse autopréstamos para la financiación de las vías de 4G, petición que ahí mismo ofreció satisfacer Germán Vargas Lleras (http://bit.ly/1IiyUgn). Como ocurre en estos casos, se intenta ocultar el error garrafal de renunciar a una posición de principios contraria a los autopréstamos hablando de controles suficientes, que son imposibles, y de la importancia de construir unas vías. Y el caso tiene ribetes que lo empeoran.
Se sabe que los banqueros les temen a los créditos de montos muy altos y plazos muy largos, como los que requieren las vías 4G, porque los riesgos se acrecientan. Y en carreteras no pueden subir mucho las tasas de interés, con las que se atreven a riesgos mayores, porque entonces el negocio no puede pagarlas, y más con la crisis nacional e internacional y los temores de los prestamistas extranjeros. No resulta casual que a estas alturas ninguna de esas vías tenga cierre financiero. Es por el riesgo –palabra que se menciona 13 veces en el informe de Dinero–, explica el superintendente financiero (e), que buscan partir en dos la financiación de las 4G: que el tramo corto, “de tres a cinco años”, de menor riesgo, lo financie la banca y que el más largo –de 13 a 15 años–, con riesgos superiores, lo asuman los fondos privados de pensiones (http://bit.ly/1fGQvla). ¿No es el colmo que sean los asalariados quienes queden en la peor posición?
Los administradores de los fondos de pensiones (AFP) dicen que por ley no se comprometen con los buenos resultados de sus gestiones sino con hacerlas correctamente. ¿Asofondos puede demostrar que así sucede en este en este caso? Sobre las 4G, Sarmiento Angulo confesó: “Es un momento extraordinario para el país, la banca y los constructores. Acá no se pueden tomar riesgos porque se trata del dinero público, que es sagrado, pero es posible hacerlo” (Dinero 472).
El tapen-tapen informativo impuesto con tanto celo por Santos y el Grupo Aval no encubre que la “vuelta” del 1385 quedó mal hecha. Porque el artículo 13 del Decreto Ley 656/94, norma de mayor jerarquía, sobre los conflictos de intereses, no les permite a los fondos de pensiones participar en autopréstamos, como lo señaló José Roberto Acosta (http://bit.ly/1LKUucI).