TLC – Colombia Estados Unidos
Capitulo Dos: Trato Nacional y acceso de mercancías al mercado.
Sección G: Agricultura
Artículo 2.17: Empresas Exportadoras del Estado
Las partes deberán trabajar juntas hacia un acuerdo en la OMC respecto de las empresas exportadoras del Estado, que:
a) elimine restricciones al derecho de exportar
b) elimine cualquier financiamiento especial otorgado directa o indirectamente a empresas comercializadoras estatales que exporten una parte significagtiva del total de exportaciones de una mercancía agrícola; y
c) asegure mayor transparencia respecto a la operación y mantenimiento de las empresas exportadoras del Estado