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Los conductores de Transmilenio y del SITP tienen la razón

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Abogado Manuel Sarmiento
Abogado Manuel Sarmiento
Abogado Manuel Sarmiento

Por: Manuel Sarmiento / @mjsarmientoa

El modelo Transmilenio – SITP no solo lesiona a usuarios y pequeños transportadores, también viola los derechos de los trabajadores. El oligopolio que se adueñuó del transporte público de Bogotá se han inventado una maraña de astucias para desconocer las normas laborales que regulan la jornada de trabajo y los descuentos a los salarios, a lo que se suma la terrible persecución sindical.

El Decreto 1393 de 1970 señala que “las empresas de transporte y por razones de seguridad pública, no podrán fijar a los conductores jornadas de trabajo diario superiores a 10 horas”. El artículo 2º de la Ley 105 de 1993 precisa que esta jornada “comprende el tiempo durante el cual el conductor está en servicio de la empresa o patrono, bien sea sobre el timón o la ruta, o, simplemente, a disposición de una o del otro”.

Para burlarse de estas normas, los operadores privados de Transmilenio y el SITP acuden a una práctica conocida como ‘tabla partida’, que consiste en dividir las jornadas laborales en varios turnos. Por ejemplo, los conductores deben cumplir un primer turno de 6:00 am a 10:00 am y, luego, deben trabajar de 2:00 pm a 6:00 pm. Los operadores alegan que la jornada es apenas de 8 horas, sin embargo, es de doce, porque entre las 10 am y las 2 pm (tiempo de ‘descanso’), los conductores deben esperar en los patios en condiciones tan inaceptables que incluso existen quejas porque las instalaciones no cuentan con baños.

Con esta práctica los operadores privados evaden el pago de horas extras, ponen en riesgo la vida de los usuarios debido al cansancio de los conductores y violan las normas sobre jornada laboral.

Las doce familias también están violando el artículo 113 del Código Sustantivo del Trabajo que les prohíbe imponer multas por equivocaciones de los trabajadores y descontarlas del salario. Para transgredir esta prohibición, los operadores pagan un salario básico y reconocen una bonificación que solo se hace efectiva cuando las mismas compañías consideran que el trabajador no ha cometido errores. Los conductores están perdiendo toda o parte de esta bonificación debido a que las empresas los sancionan por cometer faltas como violar una norma de tránsito.

Esta práctica es ilegal porque la ley solo permite multas por faltar al trabajo, lo que excluye las sanciones por equivocaciones o errores. Pero además, viola el derecho fundamental al debido proceso porque los trabajadores ni siquiera tienen la oportunidad de conocer las pruebas para defenderse.

El modelo Transmilenio es un buen ejemplo de que en Bogotá prevalece el interés particular sobre el general. En este caso, el interés de un oligopolio sobre el de usuarios, pequeños transportadores y trabajadores. Los conductores tienen la razón y debemos respaldarlos.